sábado, 24 de octubre de 2009

De la irritación social.

Hacer irritar a alguien significa conseguir que cambie su natural talante por uno de molestia, uno que implica indignación, impaciencia, hastío, hartazgo, vamos, quiere decir que si alguien se irrita, pierde los estribos y es capaz de cometer alguna locura.

Una persona irritada es una que pierde la noción de las cosas y pierde la proporción de lo que es bueno y lo que es malo.

Cuando se logra hacer irritar a un sector de la población, ya sea porque se les ha negado un servicio público, ya porque los somete a un factor externo que los agravia o bien, porque la autoridad pública ha logrado implementar medidas que ofenden a la sociedad, estamos ante un problema de tipo social que debe atenderse.

Para ello, existe lo que los estudiosos del tema conocen como “sensibilidad social” y que el pueblo, tan sabio, reconoce como “baños de pueblo”.

Es decir, si Usted, mi querido lector, pretende llegar una mañana de domingo al campo donde la gente del pueblo practica su deporte favorito y pretende suspender el partido según porque va a explicarles los beneficios de tal o cual programa, lo único que va a lograr es que la gente se irrite, lo ofenda, lo agreda y a la larga, tal vez hasta lo persiga para lincharlo.

Si Usted tiene “sensibilidad social” se espera, de manera prudente, a que termine el encuentro deportivo y hasta hace como que lo disfruta y entonces sí, podrá conseguir la participación de la gente y todo lo que Usted quiere. Para todo hay formas.

Si Usted sabe que se necesita hacer arreglos en la plaza del pueblo, sólo si carece de “baños de pueblo” pretenderá hacerlos el día domingo, que es cuando la población va al mercado, a los servicios religiosos, a dar la vuelta al kiosco y a buscar romances. Si Usted pretende cerrar la plaza para pintar las bancas, va a obtener un número indecible de rechiflas y tal vez, hasta ofensas mayores.

Igual, si Usted es gobernante y decide cerrar una de las empresas más representativas del sistema sindical en México y al mismo tiempo pretende crear impuestos nuevos, impopulares y además, altamente ineficientes, sólo va a demostrar la falta de sensibilidad social o de baños de pueblo y lo único que va a lograr, definitivamente, es la irritación social.

Y créame, no es lo mismo que le quiten el campo deportivo a la población o la posibilidad de conseguir novios en la plaza que afectarlos donde más duele: en la bolsa.

Dicen los que saben que los golpes que más duelen son al bolsillo y pretender cargar la responsabilidad y el peso de la mala, pésima administración pública que hoy padecemos, a los que somos causantes o contribuyentes cautivos, sólo va a lograr una irritación social que ya se ha manifestado al menos en dos ocasiones: en 1810 y en 1910, con las consecuencias que todos conocemos. Y estamos a unos días de 2010.

Cambiar una situación de ser “el malo de la película” a “el héroe que todos quieren ser” es sólo cuestión de presentar las cosas de una o de otra forma. Es sólo cuestión de tener la sensibilidad política y social o los baños de pueblo necesarios para saber cuándo y cómo han de darse las órdenes. Es recordar que las órdenes lógicas son las que se obedecen, como sabiamente acota El Principito.

Tienen, el Presidente Calderón y su equipo y los partidos políticos, la oportunidad de lograr cambiar y revertir la irritación social que se palpa en el ambiente, que se siente en la calle, que se percibe en los rostros y las actitudes, por una actitud de entrega de la gente si les ofrecen lo que les hace bien y que le sirve a México: una forma lógica y moderna, de vanguardia, de cobrar impuestos. Una forma que le permita a cada mexicano la posibilidad de lograr una seguridad social que ahora no tiene y para ello, sólo se requiere voluntad política, nada más.

Lo demás, se da solo. Es cuestión de querer.

Si Usted conoce a un político, dígale que vale la pena.

Ya está propuesto. Ya está con varios políticos pero hace falta se den cuenta que la tienen. La tiene el pueblo y eso, señores, es lo que cuenta. La conocemos Usted y yo y está en la mesa. Además, está en mi blog.

Vale la pena.

Me gustaría conocer su opinión.

José Manuel Gómez Porchini.
Comentarios: jmgomezporchini@gmail.com
www.mexicodebesaliradelante.blogspot.com

lunes, 19 de octubre de 2009

Presentación del libro “MÉXICO DEBE SALIR ADELANTE”.

INVITACIÓN


El día 21 de octubre de 2009 a las once horas en el Auditorio de la Preparatoria No. 3 de la Universidad Autónoma de Nuevo León, ubicado en Félix U. Gómez y Calzada Madero en Monterrey, N.L., y dentro del programa de los Miércoles Literarios, habrá de presentarse el texto


“MÉXICO DEBE SALIR ADELANTE”,


lo que hago de su conocimiento con la intención de que, si está en sus posibilidades, nos hagan el honor de acompañarnos.

Con afecto.

José Manuel Gómez Porchini y familia.

sábado, 17 de octubre de 2009

¿Qué es la antigüedad de empresa?

El pago de la prima de antigüedad de empresa, es un estímulo que la Ley Federal del Trabajo concede sólo a quien cumpla quince años de trabajo continuo para el mismo patrón o bien, a quien sea un pillo, que se porte mal, que merezca que el patrón lo despida, lo que a juicio de quien escribe, es incorrecto y es parte de lo que viene formando la cultura laboral real que existe en México, lo que es, no lo que debería ser, pues se aparta y con mucho, del espíritu que alentó la norma.

Generar antigüedad para un patrón concede el derecho de que al retirarse, se pueda cobrar el importe de 12 días por cada año de servicios al doble del salario mínimo o lo que establezca el contrato colectivo de la empresa en que se labore, lo que no es mucho de diferencia.

Sin embargo, lo interesante es que algunas empresas otorgan por sí la seguridad social, es decir, el derecho a obtener una pensión, lo que de suyo es una función que sólo corresponde al estado y que los particulares no deberían tratar de realizar pues los lleva a la quiebra indefectiblemente.

Por tanto, la antigüedad general de empresa sólo sirve para obtener una determinada cantidad de dinero, no muy grande, al concluir la vida laboral, siempre y cuando haya completado al menos quince años o bien, para tener derecho a las prestaciones extralegales que otorgan quienes por sí brindan seguridad social.

Un ejemplo. Un empleado de una compañía que tenga contrato colectivo de trabajo, que otorgue jubilaciones, exige haber laborado un tiempo determinado para tener derecho a la jubilación. Si no lo cumple, le pagará la prima de antigüedad pero pierde su derecho de lograr una jubilación.

Voy a ser más específico. El artículo 161 de la Ley Federal del Trabajo establece que a un obrero o empleado con más de veinte años de servicios, sólo puede rescindírsele la relación laboral por una causa que sea particularmente grave.

Vamos a suponer que un obrero de una compañía, por ejemplo, Luz y Fuerza del Centro, ahora tan de moda, que tiene una antigüedad general de empresa de veintidós años, lo separan sin que el obrero haya dado causa, razón o motivo. Es una cuestión totalmente ajena a él y a su relación laboral. Pero al separarlo del puesto, lo dejan sin la posibilidad de que pueda obtener una pensión, pues la antigüedad general de empresa de la referida Compañía de Luz y Fuerza del Centro, sólo ahí sirve, puesto que no la reconocen ni el IMSS, ni el ISSSTE y mucho menos las diversas universidades o los gobiernos estatales o municipales u otros organismos públicos, por lo que a sus 45 o más años, ese obrero que ahora tiene una cantidad equivalente a dos años y medio de su salario, tiene que empezar de nuevo a juntar el tiempo que establecen los sistemas de seguridad social y le faltan veinticinco años para jubilarse en el nuevo sistema, si bien le va.

El dinero que le paguen, el equivalente a dos años y medio de salario, le alcanzan para un carro regular, unas vacaciones en Europa y ¡se acabó!

Es decir, no le sirve para nada.

Ahora imagine Usted que tiene diez o doce años de servicios para un patrón que lo tiene dado de alta en el Seguro Social. Se cambia de empleo pues le ofrecen uno mejor, con más salario y mejores prestaciones en el que el nuevo patrón también lo inscribe en el Seguro Social.

No cobró Usted prima de antigüedad, pues renunció y no tenía los quince años de servicios, pero sigue cotizando en el Seguro Social.

Al completar su vida laboral, las mil quinientas semanas que exige el Instituto, podrá Usted tener derecho a una pensión, tal vez baja, pero es mucho mejor que nada.

No cobró Usted las primas de antigüedad de dos o tres empleos, pero todos lo inscribieron en el Seguro Social.

En cambio, el obrero de lujo que gana unas cantidades de esas que dicen los políticos que cobran los obreros de la luz, al quedarse sin empleo, se quedan sin seguridad social, lo que es una obligación del estado, que en este caso, le es negada al obrero y al empleado de cuello blanco.

Hasta ahí, es una exposición de los hechos ya por todos conocidos. Se puede interpretar como una crítica al viento.

Lo interesante es hacer saber que existe una forma distinta de Seguridad Social que tiene su fundamento no en el empleo del hombre, no en el esfuerzo del obrero, mas bien, en el gasto que en su vida va realizando la persona como tal.

En la actualidad, para tener derecho a prestaciones de seguridad social, debe existir una relación laboral y los derechohabientes, léase esposa e hijos, no tienen mecanismo alguno que les permita ayudar a soportar los gastos de esa seguridad social.

Lo que ahora se propone, es un sistema basado en tomar el equivalente a dos o tres puntos del Impuesto al Valor Agregado, IVA por sus siglas, de cada operación que realice cada uno de los mexicanos, de manera que desde recién nacido vaya sumando dinero a su cuenta de ahorro de seguridad social, para que al llegar a los sesenta años, siempre, tenga derecho a una pensión, garantizada por el estado.

Le va a servir lo que haya sumado pero aún si no logró sumar nada, podrá tener derecho a esa pensión. Lo ideal es que todos alcancen un mínimo para que esas pensiones superen las que otorga el Seguro Social.

Cuando una persona entre a laborar para un patrón, éste habrá de depositar el equivalente a la prima de antigüedad en la cuenta de ahorro de seguridad social de los trabajadores, lo que les permitirá completar lo necesario para gozar de una pensión generosa.

Si nunca trabaja para un patrón determinado no habrá disfrutado de esa acumulación de fondos pero de todas formas tendrá pensión.

Si en este momento estuviera vigente, a los de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro se les podría depositar el importe de sus liquidaciones en esas cuentas y al tiempo, al completar los sesenta años, tener derecho a una pensión.

Como son las cosas actualmente, el obrero de cuarenta y cinco años o más, que va a recibir una suma de medio millón o un millón o algo así, sólo va a tener dinero para unos cuantos días, se le va a acabar y por su edad y al no tener semanas cotizadas para el Instituto Mexicano del Seguro Social, no podrá tener derecho a una jubilación o le faltarán veinticinco o más años para lograrla, lo que a los más de cuarenta, se torna un reto imposible.

Si pudieran acumular sus fondos en una cuenta de ahorros manejada con una tarjeta ligada a la Clave Única de Registro de Población, CURP por sus siglas, ese trabajador podría seguir cotizando para una pensión.

El Gobierno no tendría la presión social encima.

Los bancos tendrían cien millones de clientes cautivos con unas cuentas con valor, por cada uno de los puntos de IVA, de casi setenta mil millones de pesos. Sumarían más de doscientos mil millones de pesos por año. No está nada mal.

Además, ese dinero serviría como ahorro interno, lo que le ayudaría al país a despegar. Se combatirían la evasión y la elusión fiscales y habría grandes cambios.

Todo lo platicado ya está propuesto, está a las órdenes de México, mi país y por supuesto, está disponible para que Usted lo conozca y lo secunde. Está en mi blog. Se lo mando por correo.

Vale la pena.

Me gustaría conocer su opinión.

José Manuel Gómez Porchini.
Comentarios: jmgomezporchini@gmail.com

domingo, 11 de octubre de 2009

De las malas decisiones en los empleos. MÉXICO DEBE SALIR ADELANTE.

Un día, hace ya mucho, según yo y muy poco, según el tiempo, escribí una nota en la que trataba de describir o explicar el significado de la expresión “seguridad social” y para mi sorpresa, me llegó el comentario de un lector que ahora transcribo para Ustedes:

“quisiera saber que se hace referente al siguiente comentario: soy miembro de las fuerzas militares pero en estos momentos estoy lejos de mi esposa la cual viene padeciendo una enfermedad de trastorno bipolar afectivo y mi lejanía ayuda a dilatar dicha enfermedad; ya lo he puesto en conocimiento a los altos mandos pero hacen caso omiso. No le dan importancia a la situación, ¿qué más puedo hacer?”

El valor y la importancia del comentario lo ubico en el valor y la importancia que el empleo y su desempeño tienen para la parte débil de la relación laboral y por el contrario, el absoluto desinterés en los problemas del empleado que existe para el patrón.

El autor del comentario aduce que su esposa, es decir, su pareja de vida, viene cursando con un problema de salud y él se sabe y se siente responsable de su familia, quisiera estar con ella para apoyarla, para ayudarla, para asistirla cuando se siente mal. No puede, pues las características de su empleo lo obligan a estar fuera de su domicilio.

Va la pregunta obligada: ¿Todos los militares tendrán ese problema? Mi respuesta es: no creo.

Igual que todo en el mundo, debe haber niveles, debe haber diferencias, debe haber excepciones.

Ahí es donde se ubica la importancia del Derecho Social.

Si esto fuera una letra de cambio o un pagaré, le diría que reuniendo los requisitos procedemos en consecuencia.

Si fuera una ecuación matemática le podría decir que dos por dos es igual a cuatro, siempre.

Pero estamos hablando de hombres y mujeres que luchan por la vida, estamos hablando de seres humanos con necesidades y emociones, con penas y alegrías, con triunfos y derrotas, con emociones que permiten saber que se está ante alguien vivo y palpitante y no, ante la frialdad de un número más.

Por eso, cuando el recio militar, a quien por cierto no conozco, clama pidiendo ayuda para estar con su esposa y cuidarla… ¿no haría Usted lo mismo? ¿No buscaría Usted la forma de cuidar a su familia, esposa e hijos, cuando sabe que lo necesitan?

El desapego, que siempre ha existido, la falta de atención y cariño a la familia, que también siempre han existido, no deberían ser la constante, la regla, más bien, deberían ser la excepción que confirmaran la regla.

Si fuera Derecho Público, es decir, el Estado en su calidad de Estado, amo y señor, dueño de vidas y haciendas, lo correcto sería que la decisión tomada no pudiera cambiarse ni habría razón para hacer excepciones a la ley. No debe haber, pues la ley debe ser igual para todos.

Si fuera Derecho Privado, la voluntad de las partes es la ley suprema y si una de ellas no está de acuerdo, pues tranquilamente da por concluido el contrato y se acaba el problema. Sería un asunto entre iguales, entre pares.

Pero no es ninguno de los casos asentados. Es Derecho Social, una nueva forma de Derecho, un derecho que se ocupa de velar, de proteger y de tutelar a las personas a fin de que alcancen su plenitud, su máximo potencial, sus mejores expectativas.

Ahí es donde decimos que es el más excelso de los derechos. Que puede catalogarse al Derecho Social y más propiamente dicho, al Derecho de la Seguridad Social como el derecho que busca la protección de la persona de forma integral. No hace falta hacer más precisiones. Integral implica todo.

Luego entonces, si un empleado, cualquiera que sea su oficio, obvio, incluyendo el de militar, necesita proteger a su familia y para hacerlo, necesita estar cerca de su casa y el patrón puede brindarle esa oportunidad, el Derecho Social eso ha de hacer: lograr que ambas partes tengan lo mejor, siempre.

Lograrlo, es la tarea que debemos hacer entre todos.

No se vale que una empresa, la que sea, no escuche a sus empleados y vaya tomando decisiones sin consultarlos. No precisa hacerles caso, no es para que el empleado ordene la forma de conducir la empresa, pero sí, para que sepan ambas partes, siempre, que las decisiones son las mejores para todos. Muchas veces el escuchar a los demás nos permite corregir los rumbos antes de enfrentar las batallas mal posicionados.

Me gustaría conocer su opinión.

Vale la pena.

José Manuel Gómez Porchini.

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Monterrey, N.L., octubre de 2009.

miércoles, 7 de octubre de 2009

Empleo a los jóvenes. MÉXICO DEBE SALIR ADELANTE.

México es un país que está conformado por jóvenes, pues los muchachos con edades de 14 a 30 años, constituyen poco más del 30% del total de nuestra población, es decir, son más de treinta y un millones de jóvenes en edad de trabajar y lamentablemente, sólo el 44% de ellos cuenta con un empleo formal, según el INEGI, entendiendo por empleo formal aquél donde los inscriben en un sistema de seguridad social y obtienen las prestaciones de ley.

Sin embargo, la inmensa mayoría obtiene medios de subsistencia, incluyendo el empleo informal o la propia delincuencia.

El tema hoy y desde hace mucho, es la forma de lograr incorporar al mercado laboral a los muchachos que van egresando de las universidades o peor aún, a aquellos que simplemente van cumpliendo la edad necesaria para integrarse como fuerza de trabajo y están obligados a contribuir con el sustento de una casa que no les corresponde, dado que no es la suya y en la que sí tienen compromiso, pues los que están ahí son sus padres, hermanos y demás familia, que necesitan esos pesos para completar la comida.

El reto es encontrar la forma de obtener los miles o millones de puestos de trabajo que se requieren. Ahí es donde entre todos, podemos ser la diferencia.

La primera pregunta es: ¿se debe distinguir a los jóvenes por el simple hecho de ser jóvenes? Es decir, ¿se les deben dar oportunidades distintas a las de los demás, porque son jóvenes?

La respuesta es fundamental. Si decimos que sí, entonces necesitaremos etiquetar a todos y obtener puestos de trabajo para jóvenes, para mujeres, para hombres, para viejitos, para abandonados, para solteros, para casados, para altos, para bajitos y nunca acabaríamos de clasificar a la gente, pues siempre habrá un nuevo criterio de clasificación, a cual más subjetivo o carente de seriedad.

Entonces, si decimos que no, vamos a enviar a los muchachos, sin experiencia, a una jungla de concreto y tiempos, en la que no existe compasión, a que aprendan una forma de vida que produce úlcera, alta presión arterial y termina por matar a quienes así se desarrollan.

Luego, si no puede ser ni una ni otra opción, ¿entonces qué debemos hacer?

Vamos por partes:

Si ya sabemos que en México somos poco más de 106 millones de habitantes, de los cuales, poco más de cincuenta millones está en edad económicamente activa y sólo alrededor de doce o trece millones tienen una relación laboral formal y cada día se pierden puestos de trabajo, ¿cómo vamos a revertir esa tendencia?, ¿cómo vamos a incorporar a los jóvenes?, ¿dónde vamos a darles la oportunidad de que hagan por la vida?

Hecho ese preámbulo, vengo a exponer ante Ustedes una forma distinta de hacer la vida laboral, que va a ser la constante en el futuro y que desde ya ha de implementarse en México, por el bien de los mexicanos todos.

En la actualidad, un empresario para poder contratar a un trabajador, ha de inscribirlo en el Seguro Social, Infonavit, Fonacot, en cursos de capacitación, ha de manejar la seguridad e higiene en el trabajo so pena que de no hacerlo, o paga multas o estará obligado a dar mordidas.

Algunos empresarios hacen todo en orden. Qué bueno. Felicidades. Otros, sólo dan dádivas a los malos funcionarios pero igual deberán inscribirlos.

Sin embargo, los costos adicionales al sueldo del trabajador son altos y tienen una gran repercusión para el patrón, aunado a que en caso de separación del obrero, existe un costo alto, altísimo, derivado de los montos a que llegan las demandas laborales por salarios caídos o simplemente, por aplicar la ley correctamente, que exige pagar prima de antigüedad aún a los que se portan mal, tres meses de salario así hayan trabajado quince días únicamente y muchos otros costos indirectos por tener un trabajador.

De hecho, la intención del actual gobierno fue brindar facilidades para los patrones y que pudieran otorgar lo que llamaron “el primer empleo”, ofreciendo unos apoyos a los empresarios que de tan tortuosos, se quedaron en el intento y no lograron la aprobación de nadie: ni de los obreros ni de los empresarios ni de los sindicatos. Fue una medida destinada al fracaso.

Lo que hoy pongo ante Ustedes, es una forma distinta: Se trata de manejar un sistema de seguridad social tan amplio como para toda la población, que se maneje de manera paralela a los sistemas formales que dependen del empleo.

En éste, cualquiera, debe poder tener acceso a una forma decente de ganarse la vida, de tal manera que pueda llegar a su casa con dinero, que pueda recibir un salario que le sirva para vivir y que sienta que sus esfuerzos son recompensados y son útiles.

La propuesta consiste en que la totalidad de la población, sin importar edad, sexo, condición social o cualquier otra forma de etiquetar a las personas, tenga acceso a una forma de identificación que le sirva para ser titular por sí y ante sí de su propia seguridad social, que bien puede ser una tarjeta deslizable con banda magnética.

O también, un dispositivo electrónico con código de barras o cualquier otra forma que pueda utilizarse para garantizar que las operaciones de compraventa que realice una persona, se registren y le permitan acceder a dos o tres puntos del equivalente del valor del IVA, lo que servirá como sustento para brindarles la seguridad social.

Un joven que llega a solicitar un empleo, normalmente no está capacitado para desempeñarlo ni tiene la disponibilidad de tiempo suficiente para convertirse en un empleado de tiempo completo, pues ha de seguir estudiando. La consecuencia es que el patrón no lo contrata, simple y sencillamente y si lo llega a hacer, le paga sueldos muy bajos derivados de su escasa preparación y ya no tendrá nunca ese joven la opción de seguir preparándose para la vida.

En cambio, si cada uno es titular de su seguridad social, si es el primer empleo del joven, si no es de tiempo completo, si sólo es por temporadas y no constituye la única fuente de ingresos de la familia, podemos y debemos crear y modificar las leyes que sean necesario para permitir que ese joven y ese patrón puedan tener una relación ganar-ganar.

El Instituto Mexicano del Seguro Social, principal garante pero no el único de la Seguridad Social en México está saturado, rebasado por sus necesidades y sin mecanismo alguno que permita que la inmensa mayoría de quienes utilizan sus servicios, le retribuyan algo, lo que sea, por sus esfuerzos.

Se plantea la posibilidad de que quien solicite los servicios del sistema de salud del Gobierno, que será distinto del Instituto Mexicano del Seguro Social, haya de cubrir un costo, simbólico la mayoría de las veces, pero suficiente para que quien lo reciba, sepa que está ejerciendo un derecho y no que está recibiendo una limosna que lo ofende a él y a quien la brinda.

Con esta propuesta, el joven, dama o caballero, podrá obtener del patrón no una inscripción en el Seguro Social y por ende, tampoco en el Infonavit, pero sí, podrá estar seguro de que sus esfuerzos le permiten hacer la vida.

Si Usted sabe, como patrón, que con pagar diez o veinte pesos diarios por cada joven que esté con Usted, en jornadas de cuatro horas o por el periodo vacacional o en turnos quebrados o en alguna de las modalidades que ahora existen de hecho, no de derecho, Usted ha quedado sin ninguna otra responsabilidad, pues el Estado como garante de la Seguridad Social la asume, Usted podrá iniciar muchos negocios.

Si al tiempo, dos años por ejemplo, su empresa se fortalece, entonces iniciará la migración de sus empleados al Seguro Social y les permitirá tener una forma distinta, tradicional, de seguridad social, pero la nueva, la que proponemos, jamás se perderá y será adicional a la de los sistemas formales, será para la totalidad de la población y le permitirá obtener siempre, pensión y servicio médico al llegar a la edad en que realmente los necesita, por el sólo hecho de haber vivido en México.

Es cuestión de incluir un nuevo párrafo a la Constitución, de modificar algunas cuantas leyes y lo más importante, es cuestión de querer.

Podremos eliminar de una vez y para siempre, la pobreza alimentaria en México.

Es cuestión de que Usted y yo queramos y logremos hacer que los legisladores también quieran. Es por México.

Vale la pena.

Me gustaría conocer su opinión.

José Manuel Gómez Porchini.
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viernes, 2 de octubre de 2009

¿Y qué hago con los trabajadores?

Entre los muchos mensajes que me llegan, me llamó la atención uno que refleja una realidad insultante, una cuestión surrealista y que es causa de muchos de los problemas de México: el exceso de paternalismo y en consecuencia, la falta de definición jurídica.

Me preguntaron: ¿y qué hago con los trabajadores?...

Vamos a empezar por el principio.

Usted puede terminar muchas relaciones contractuales con un simple convenio, con la voluntad de las partes, todo conforme a derecho.

Con un trabajador, conforme a las leyes mexicanas, no.

Se lo voy a tratar de explicar, a ver si lo logro.

Cuando Usted decide contratar un trabajador, entra Usted a ese submundo en el que sólo unos cuantos elegidos pueden sobrevivir, pues se requieren grandes conocimientos para cubrir todos y cada uno de los requisitos legales y contractuales a que se obliga el patrón con motivo de un trabajador activo: Seguro Social, Infonavit, Hacienda, Fonacot, cursos de capacitación, seguridad e higiene, en suma, trámites que sólo los iniciados en la materia pueden conseguir cumplir. Si Usted es un simple mortal, que cree que con tener ganas de progresar va a lograrlo, en nuestro México, se equivoca.

Pero bueno, vamos a suponer que Usted logra contratar a un genio para que le cubra todos los requisitos constitucionales, legales, contractuales, reglamentarios y demás que pudieran surgir.

Ya tiene Usted su trabajador y Usted está muy contento. Pero no todos son buenos, como deberían de ser. Uno le salió malito… falta, llega borrachito, incumple todo, en una palabra: no sirve. Usted no lo puede correr, pues lo protege el sindicato. Usted ha de aguantarse de todas, todas. O la otra. Su trabajador es bueno pero Usted lo quiere correr nada más porque sí. Porque Usted las puede.

Pero no… Usted sabe mucho y busca un abogado. Determinan rescindir la relación laboral a su trabajador.

Ojalá haga Usted todo bien, pues si no, la separación es ilegal y Usted deberá reinstalarlo y además, pagarle salarios caídos por el tiempo en que estuvo separado de la empresa… por culpa de Usted.

O bien, va Usted con su trabajador ante la autoridad laboral y celebra un convenio… que quedó mal. Usaron un formato que no era, la fecha es la del convenio de hace una semana, los nombres de las partes no son o cualquier otro motivo de nulidad manifiesta. Su convenio podría servir para otros menesteres pero nunca, como elemento de convicción en juicio.

O bueno, sí está bien el convenio, sí están correctos los nombres, todo está en orden y ¡ya! ¡A gozar la vida sin el trabajador!

Pero, pero, déjeme decirle que el derecho subjetivo de demandar que corresponde al trabajador, tiene un término en el tiempo, es decir, tiene prescripción la posibilidad de que demande, que vaya y consiga un abogado que se dé cuenta de la injusticia que Usted cometió y decida patrocinar el asunto.

En ese caso, la regla general del 516 para la inmensa mayoría de los casos es de un año. Conforme al 519, dos años para ejecutar un laudo, para reclamar en casos de muerte por riesgos de trabajo y también, dos años para reclamar el pago de indemnizaciones por riesgo de trabajo.

Pero déjeme contarle a Usted, aquí en confianza, que no existe término fijo ni determinado por la ley, para la prescripción del reconocimiento de un riesgo de trabajo.

Es decir, Usted despide a su trabajador, le paga ante la Junta, celebra el convenio de rigor y Usted cree que ya salió del apuro.

Cinco o más años después, a su trabajador le sale un tumor en la oreja, pierde la vista o algo así y por supuesto, lo demanda a Usted, que incluso, ya tiró la documentación de ese trabajador.

Pero lo dio de alta en el seguro y además, el trabajador tiene debidamente guardados todos los recibos de pago, los formatos de horas extras, el importe de sus aguinaldos y cosas así. Usted, no, pues la ley lo obliga sólo cinco años…

El día del juicio, el obrero y su apoderado van con todos los elementos necesarios y Usted… Usted va acompañado de un excelente abogado que le está costando las perlas de la virgen… y le ofrecen llegar a un arreglo, “pues es lo mejor para la empresa”.

Y sí, créame que es lo mejor para la empresa.

Pero, aquí es donde yo quisiera que nuestro México cambiara. Que existiera la certeza jurídica. Que si Usted le pagó a un trabajador para despedirlo, despedido está y así se queda.

Claro, deberá Usted pagarle conforme a la ley, nada de truquitos de “dale la mitad, al cabo con eso se aguantan… ni saben lo que les toca”, pues entonces, Usted falta a lo correcto.

Cuando Usted vaya a liquidar a un trabajador ante la Junta, págale en forma correcta, hasta el último quinto y por favor, guarde sus documentos, le van a servir en caso de litigio. Acuérdese de los artículos 784 y 804. Son muy peligrosos.

Yo sé que Usted hace las cosas bien. Y por eso, lo felicito.

Me gustaría conocer su opinión.

Vale la pena.

José Manuel Gómez Porchini.
Comentarios: jmgomezporchini@gmail.com